Protocolo de Transparencia del Crédito Revolving

El crédito revolving supuso el 56% de la financiación concedida en 2020

31.05.2021 por Menchu Jiménez

En el año 2020 las tarjetas revolving fueron uno de los protagonistas en el ámbito bancario. Su falta de transparencia para con el consumidor y un presunto abuso en los intereses, posicionaron a este producto financiero en el blanco de todas las dianas. Consecuencia de ello y de la propia importancia que como medio de financiación posee este contrato (56% de la financiación concedida en 2020), han sido constantes los trabajos de instituciones para dotar al crédito revolving de estabilidad y confianza.

El pasado 25 de mayor, la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) presentó el Protocolo de Transparencia del Crédito Revolving. Con él, se pretende reforzar la transparencia en la contratación de este producto financiero, contribuyendo así a la Orden ETD/699/2020, de 24 de julio, de regulación del crédito revolvente.

¿Cómo se pondrá en práctica el Protocolo? En primer lugar, la entidad bancaria en cuestión habrá de adherirse al mismo. Una vez lo anterior, el consumidor tendrá derecho a obtener el Protocolo de forma gratuita y desde el inicio de la operación.

¿Qué contiene el Protocolo? El documento tiene como objetivo alcanzar la plena información y claridad al consumidor que desee la contratación del crédito revolving. Por ello, en el mismo se puede encontrar una definición del producto, su operatividad, forma de contratación, derechos y obligaciones de la entidad bancaria y consumidor, tipos de intereses, riesgos del producto, etc., todo ello en un lenguaje adecuado para su comprensión.

¿Dónde obtener el Protocolo? Os dejamos el encale https://www.asnef.com/media/3316/asnef-protocolo-transparencia.pdf